El principio de acuerdo, que deberá ser ratificado por las organizaciones firmantes tras consulta con sus afiliados, incorpora derechos y establece incrementos salariales mínimos considerables, además de poner fin a dos años de negociaciones
La Comisión Negociadora del Convenio de Mataderos de AVes y Conejos alcanzó ayer, a las puertas de la convocatoria de huelga de los días 13 y 14 de octubre, un preacuerdo con el que culmina un proceso de dos años de negociación. El principio de acuerdo, que deberá ser ratificado por cada organización firmante, incluye, entre otros, los siguientes puntos:
- Vigencia.- 1 de enero de 2019 y finalizando el día 31 de diciembre de 2025. No obstante lo anterior, a finales de 2022 las partes podremos sentarnos a negociar más materias siempre que no afecte al salario y a la jornada anual.
- Reducción de la Jornada laboral.– 4 horas de reducción anual durante la vigencia del convenio.
- Distribución irregular de la jornada.– Máximo de un 8% de la jornada máxima anual y con un tope de 9 horas ordinarias diarias y un mínimo de 6.
- Derecho a la desconexión digital.
- Obligatoriedad de las empresas de disponer de un registro de la jornada al objeto de evitar que no se paguen las horas extras.
- Inclusión del promedio de todos los conceptos ordinarios en la retribución de las vacaciones.
- Ampliación de un día más de permiso retribuido (en total 6) en caso de fallecimiento o enfermedad de un familiar hasta segundo grado que necesite desplazamiento fuera de nuestro País.
- Uso discontinuo del permiso en caso de hospitalización de un familiar hasta segundo grado, siempre que persista el hecho causante.
- Posibilidad de acumular el permiso de lactancia en jornadas completas.
- Ampliar al médico especialista las tres horas diarias que hay actualmente para el médico de familia.
- Congelación del complemento salarial de antigüedad con efectos de 31-12-2020. Pasando a ser un complemento personal, no absorbible ni compensable por parte de las empresas por otros conceptos o subidas. Además, este importe se revalorizará según los incrementos salariales del convenio, por lo que no perderá poder adquisitivo. Además, se devengará de forma proporcional el bienio, trienio, cuatrienio o quinquenio que estaba en trance de adquisición. Por otra parte, el salario base será incrementado en un 2,6% durante los años 2.021, 2.022, 2.023, 2.024 y 2025. Con el tope lógicamente del importe equivalente que se generaba a los 25 años de antigüedad. Este incremento es adicional al incremento salarial que se pacta. Que se suma al incremento pactado para toda la vigencia del convenio.
- El Plus Convenio establecido en el Convenio Colectivo pasará progresivamente a formar parte del salario base a razón de un 25% de su cuantía a partir de 2.022, completando su integración en enero de 2.025. Esto hará que junto con el 2.6% de incremento adicional, los pluses o conceptos económicos que tienen como base para su cálculo el Salario Base, aumenten sus cuantías.
- Categorías Profesionales.- Se elimina el auxiliar de zona y el ayudante (ambas tenían el mismo salario) y se refundan en una categoría nueva que pasa a llamarse operario de matadero.
- Pago del convenio y de los atrasos. Los salarios actualizados se pagarán a partir del mes siguiente a la firma con independencia de cuando se publique en el BOE y los atrasos a los dos meses siguientes a la firma. Así pues, con independencia que se retrasara su publicación en el BOE, con este acuerdo, las empresas deben tener actualizados los salarios antes de que acabe el mes de noviembre y el pago de los atrasos de 2019 y 2020, antes de que finalice el mes de diciembre de 2020.
- Incrementos salariales.-
2019, un incremento fijo del 1,5% y con atrasos a 1 de enero de dicho año.
2020, un incremento provisional del 0,50%.
2021, un incremento provisional del 0,50%.
2022, un incremento provisional del 1,65%.
2023, un incremento provisional del 1,65%.
2024, un incremento provisional del 2.30%.
2025, un incremento provisional del 2.30%.
- Introducción de una cláusula de revisión salarial al alza.
- Si la suma de los IPC reales de los años 2020 y 2021 superase el 0,50% procederá una revisión en el exceso que generará atrasos a partir del 01 de enero de 2021 y quedará consolidado en las tablas definitivas de 2022.
- Si la suma de los IPC reales de los años 2022 y 2023 superase el 1,65%, procederá una revisión en el exceso que generará atrasos a partir del 01 de enero de 2023 y quedará consolidado en las tablas definitivas de 2024.
- Si la suma de los IPC reales de 2024 y 2025 superase el 2,30% procederá una revisión en el exceso que generará atrasos a partir del 01 de enero de 2025 y quedará consolidado en las tablas definitivas de 2026.
- Se crea una Comisión Paritaria de Clasificación Profesional al objeto de adaptar el sistema a la realidad industrial actual.
- Se crea una Comisión Paritaria para la Igualdad de Oportunidades y la no discriminación. Con funciones concretas y con el compromiso de difundir el protocolo de acoso laboral y sexual que se firma con el presente preacuerdo. Así como, la realización de estudios sobre la posible brecha salarial existente.
- Hemos pactado la posibilidad de que las patronales de este sector se adhieran al Observatorio Industrial existente en la Industria Cárnica, firmado por ambos sindicatos.
- Con la firma del preacuerdo se desconvoca la huelga prevista para los días 13 y 14 de este mes que habíamos convocado los dos sindicatos.
Desde UGT FICA y CCOO Industria valoramos el preacuerdo alcanzado dado que incorpora derechos y establece unos incrementos salariales mínimos considerables (llegando en una parte muy importante de las plantillas a superar el 24%).
A partir de ahora cada organización dispone de un plazo máximo de quince días para ratificar o no el presente preacuerdo. Por lo que cada sindicato pondrá en marcha sus propios mecanismos de consulta al objeto de conformar su posición definitiva.
Por último, agradecemos el trabajo desarrollado por nuestro activo militante que, estos días, ha puesto en marcha numerosas asambleas, adhesiones a la huelga y notas de prensa, acciones sin las cuales hubiera sido imposible alcanzar este preacuerdo.