El Pleno de la Sección SOC del CESE aprueba el dictamen sobre reducción del tiempo de trabajo, petición de la presidencia polaca del Consejo de la UE y del que es ponente Mari Carmen Barrera, miembro del CESE por UGT
El tiempo dedicado al trabajo es uno de los aspectos que más influye en la calidad de vida de las personas (bienestar) y resulta clave en la organización eficiente de la actividad económica de las empresas. En ese sentido consideramos en el CESE que la definición de reducción del tiempo de trabajo es trabajar menos horas por período de referencia con los mismos niveles salariales, para diferenciar claramente entre jornadas laborales más cortas en forma de trabajo a tiempo parcial y jornadas laborales comprimidas (es decir, el mismo número de horas trabajadas en menos días, por ejemplo, 4 días de 10 horas).
Las innovaciones tecnológicas derivadas de la digitalización de la economía y de la vida social genera numerosos desafíos y oportunidades para el crecimiento económico y mejora del bienestar de los trabajadores. En tal sentido, las experiencias de reducción de la jornada de trabajo, permiten mejora el bienestar, físico y mental, de las personas trabajadoras, con ganancias de eficiencia.
La evidencia científica afirma que trabajar menos de 40 horas reduce notablemente el riesgo de cardiopatía isquémica (un 40%) y de accidente cerebrovascular (un 19%). Además, existe una relación positiva entre las jornadas menos prolongadas y la productividad: a menor jornada promedio semanal mayor productividad. De ahí la multiplicación de las experiencias de reducción de la jornada laboral en varios países y con diferentes soluciones. Por lo general, la evaluación de estas experiencias es muy positiva, en términos de mejora del bienestar de las personas trabajadoras y de ganancia de productividad.
El carácter sectorial y empresarial de la mayoría de estas experiencias sitúa a la negociación colectiva en una posición adecuada para avanzar en esta dirección. Por ello recomendamos la adopción de acciones por parte de las instituciones comunitarias y de los Estados miembros, sea en forma de incentivos o legislativas, para que estas experiencias alcancen al mayor número posible de sectores y empresas. Esto último, en ningún caso debe entenderse como una llamada a un nuevo aumento del trabajo a tiempo parcial, especialmente del trabajo a tiempo parcial no deseado, que tiene un efecto negativo en los salarios, las pensiones y una mayor inseguridad laboral, salarios por hora más bajos y una mayor segregación de género.
Animamos además a introducir formas flexibles de organización del tiempo de trabajo adaptadas a los distintos grupos sociales, con garantías de trabajo decente, a fin de poder disfrutar de un mejor equilibrio entre la vida laboral, familiar y personal y pedimos expresamente que se tengan en cuenta las necesidades de las personas más vulnerables, pues muchas veces son quienes más necesitan este tipo de mejoras y desafortunadamente no reciben estos beneficios, pues no son tenidas en cuenta.
Las investigaciones científicas demuestran que la gestión del tiempo de trabajo que tiene en cuenta las necesidades de los trabajadores en las diferentes etapas de la vida facilitan el equilibrio entre la vida laboral y la personal. Entre otras ventajas, estos modelos de gestión flexible del tiempo de trabajo permiten atender otras necesidades, como la (re)formación profesional o una transición más gradual a la jubilación para los trabajadores que, de otro modo, podrían abandonar por completo el mercado laboral. Recomendamos también hacer un seguimiento del impacto en salarios y los derechos de pensión para que la reducción de la jornada no reduzca estos derechos para las personas trabajadoras.
Los agentes sociales a todos los niveles tienen un importante papel que desempeñar en el debate sobre la reducción del tiempo de trabajo. Necesitamos estímulos y apoyo activos, a través de todos los medios necesarios, para aumentar los beneficios para la salud, el equilibrio entre la vida laboral y personal y la eficiencia de horarios de trabajo más cortos y/o más flexibles. Por ello recomendamos promoverlos a todos los niveles. Son además fundamentales para atraer y retener el talento en las empresas.
Por último, animamos a las instituciones comunitarias para que aceleren el reconocimiento de la desconexión digital como un derecho para todas las personas trabajadoras de la Unión. Las políticas de desconexión digital y los sistemas de registro de jornada en las organizaciones son garantías irrenunciables, según la jurisprudencia del TJUE, para garantizar la efectividad de las normas relativas al tiempo de trabajo, incluidas, en su caso, las de reducción de la jornada.