La aprobación ayer en la Comisión Parlamentaria de Trabajo del Congreso de los Diputados es un paso importante en el objetivo de hacer justicia con las personas afectadas.
Se trata de una reivindicación histórica tanto de las asociaciones de víctimas como de nuestro sindicato, una ley necesaria que persigue evitar los largos procesos judiciales, procesos que duran años y que muchas veces se dilucidan tras el fallecimiento de la persona afectada.14
Los principales elementos de la actual configuración de la futura Ley son, entre otros, que el Fondo depende orgánicamente del Instituto Nacional de la Seguridad Social. También que la Comisión de Seguimiento del Fondo está adscrita al Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, con participación de agentes sociales, asociaciones de víctimas y expertos. En esta ley se da cobertura a exposiciones laborales, ambientales y domésticas. Además, la financiación corre a cuenta de los Presupuestos Generales del Estado, de las indemnizaciones judiciales obtenidas a partir de la subrogación del derecho a litigar a favor del Fondo por parte de las personas afectadas y de las sanciones a empresas en activo por falta de medidas preventivas en casos de exposición a, amianto. Por último, cabe destacar el desarrollo reglamentario en tres meses a partir de la publicación de la Ley.
A juicio de UGT, es una buena noticia que se haya alcanzado un acuerdo de todos los grupos parlamentarios en torno a un texto que, en lo sustancial, respeta el espíritu de la proposición de Ley enviada por el Parlamento Vasco al Congreso de los Diputados. Sin embargo, quedan por desarrollar algunas cuestiones de vital importancia para completar un instrumento realmente útil para las personas afectadas por este cancerígeno.
Se deja a desarrollo reglamentario el alcance de las personas beneficiarias. Desde UGT estaremos muy pendientes de que los caushabientes puedan ejercer el derecho que les asiste, dependieran o no económicamente de la persona fallecida. También cabe destacar que la determinación de las cuantías de las indemnizaciones, que también queda pendiente del desarrollo reglamentario. Para el sindicato, esta es una cuestión clave para que el Fondo sea realmente operativo para las víctimas y se convierta en una alternativa real a la vía judicial.
También el establecimiento de una exención de tributación por las indemnizaciones previstas en el Fondo, en la línea de la articulada en el Real Decreto-Ley 9/1993, por el que se conceden ayudas a los afectados por VIH como consecuencia de actuaciones realizadas en el sistema sanitario público. De no ser así, las indemnizaciones se podrían ver sustancialmente reducidas al ser incluidas en el cálculo para el IRPF. Desde UGT trabajaremos en el proceso de tramitación en el Senado para conseguir la exención fiscal de las indemnizaciones. Y como última cuestión, ayer los grupos parlamentarios acordaron una enmienda de adición al Art. 5, que regula la Comisión de Seguimiento del Fondo, añadiendo al apartado b) un párrafo, que abre, la posibilidad de formular propuestas de mejora de las condiciones de trabajo y de protección social de presente y de futuro de las personas trabajadoras afectadas por el amianto.
Se abre así la posibilidad de seguir trabajando por la jubilación anticipada desde esta comisión de seguimiento, para todas aquellas personas que a causa de su actividad laboral hayan manipulado e inhalado fibras de amianto, y aún no hayan manifestado enfermedad causada por este.
La sociedad española tiene una deuda con las víctimas del amianto y con la creación de este fondo se empieza a hacer justicia y reparación. Estaremos muy pendientes de que así sea.