Una sentencia del Supremo nos da la razón: los planes de igualdad deben negociarse con la representación legal de los trabajadores
- UGT considera un paso de gigante que el Tribunal Supremo haya dado la razón a los sindicatos y en una sentencia reconozca que los planes de igualdad se equiparan a convenios colectivos y, por tanto, deben negociarse con la representación legal de los trabajadores, en coherencia con la propia norma legal y su espíritu.
- En pro de la negociación colectiva para alcanzar la igualdad efectiva entre mujeres y hombres en el ámbito laboral y de la igualdad retributiva, esta sentencia, supone un varapalo al propio recurso presentado por la CEOE ante el Supremo contra el decreto de planes de igualdad y registro salarial en las empresas, alcanzado en el marco del diálogo social.
- El sindicato insta a la patronal a que cambie de actitud y en lugar de poner obstáculos al objetivo de la igualdad salarial entre hombres y mujeres en las empresas, contribuya a romper con las discriminaciones y barreras que sufren las mujeres en el ámbito laboral.
El Tribunal Supremo (TS) ha sido clarificador al dictar una sentencia en la que reconoce que los planes de igualdad se asemejan a convenios colectivos y, por tanto, deben negociarse con la representación legal de los trabajadores. Una sentencia que debe hacer recapacitar a la CEOE, que ha presentado un recurso ante este mismo organismo contra el procedimiento de negociación de los planes de igualdad en las empresas cuando en ellas no exista representación legal de los trabajadores, y cuyo fin es eludir que dicha representación la puedan ostentar las organizaciones sindicales con mayor representatividad; garantes de la negociación colectiva de los planes de igualdad y de la igualdad salarial cuando las empresas no cuenten con dicha representación legal.
UGT insta a la patronal a que cambie de actitud y en lugar de seguir obstaculizando el avance de la igualdad retributiva en las empresas, se ponga a la vanguardia e impulse la negociación de los planes de igualdad en las empresas y los registros retributivos. Para ello le exige que, de una vez por todas, se siente a negociar el próximo Acuerdo para la Negociación Colectiva y el Empleo, marco en el que se deben desarrollar también estas cuestiones. El objetivo es conseguir el principio recogido en el Estatuto de los Trabajadores de “igual salario, para trabajos de igual valor”.
Las mujeres en España cobran de media al año en torno a 5.700 euros menos que los hombres, esto supone un total de 44.000 millones, un el 3,69% del PIB cada año. Lo que dejan de ganar las mujeres repercute en oras prestaciones básicas como las percepciones por desempleo o sus pensiones (son un 35% de media más bajas que la de los hombres) pero además esto supone un agujero para las arcas de la Seguridad Social que no nos podemos permitir (menos salarios suponen menos cotizaciones) y para los propios recursos del Estado.
UGT considera que la reconstrucción de un nuevo modelo y social para nuestro país debe hacerse desde la perspectiva de la igualdad y considera que para ello es preciso acabar contra la cultura trasnochada que releva a las mujeres a ser consideradas ciudadanos de segunda en el ámbito laboral y social.