El nuevo convenio, con vigencia para tres años, establece un incremento salarial pactado en todos los conceptos económicos del 3,5% para 2022, el 2,5% para 2023, y el 2% para 2024, con cláusula de revisión

La Comisión Negociadora del Convenio Colectivo del Sector de las Industrias de Pastas Alimenticias ha firmado esta tarde el contenido del nuevo convenio. Desde UGT FICA valoramos el nuevo texto, que supone una mejora en las condicoines laborales del conjunto de las personas trabajadoras del sector y agradecemos la labor desarrollada por los miembros de la comisión negociadora, sin cuyas aportaciones, contrapropuestas y esfuerzo, no habría sido posible alcanzar este nuevo marco normativo sectorial.

El contenido del convenio se resumen en los siguientes puntos:

Convenio con tres años vigencia (2022, 2023 y 2024) y carácter retroactivo desde enero de 2022, con un incremento salarial en todos los conceptos económicos del convenio de un 3,5%, 2,5% y 2%, para cada uno de los años del convenio y estableciendo una cláusula de revisión salarial, de tal forma que la diferencia entre la suma de los IPCS de los tres años y el 8% pactado, se regularice en tablas en 2024, sirviendo la tabla salarial actualizada de 2024, como base de cálculo para los incrementos salariales que se pacten en 2025.

  • En los artículos de contratación y fijos discontinuos adecuar el redactado a la nueva normativa laboral, mejorando sustancialmente la regulación del contrato fijo discontinuo.
  • Se actualiza el protocolo de acoso, mejorando su redactado, para garantizar aún más la proteocción a las personas trabajadoras del sector.
  • Se ha incluido una definición de trabajos penosos, tóxicos y peligrosos que facilitará la reclamación de compensaciones cuando se desarrollen estos trabajos.
  • Se ha pactado una nueva clasificación profesional por grupos profesionales que, entendemos, facilitará el desarrollo de las carreras profesionales de las personas trabajadoras del sector.
  • Se ha incorporado al texto del convenio una cláusula de igualdad y proporcionalidad de trato.