Recuerda que en breve vence el plazo para trasponer la Directiva Europea contra la exposición a sustancias cancerígenas en el trabajo
- El domingo, 21 de febrero, vence el plazo para la transposición de la Directiva Europea 2019/130 que modifica la Directiva 2004/37 relativa a la protección de las personas trabajadoras contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes carcinógenos o múgatenos durante el trabajo.
- UGT insta al Gobierno a que transponga de forma inmediata esta Directiva, con las observaciones que ha realizado, y que no ocurra como con la primera modificación, que se realizó con un año de retraso, con el consiguiente perjuicio para la seguridad y salud laboral de muchos trabajadores/as. Y es que cada año fallecen en España cerca de 8.700 hombres y 850 mujeres debido a cánceres laborales.
- La directiva debe incluir los fármacos peligrosos, dada la inexistencia de valores límites de exposición; y establecer valores límites para los humos de motores diésel.
- El sindicato apoya la inclusión y los valores límite de las nuevas sustancias (4-4´Metilendinilina, epiclorohidrina, dibromuro de etileno, dicloruro de etileno) pues se mantiene o mejora la regulación actual según cada sustancia.
El próximo 21 de febrero finaliza el plazo para trasponer la Directiva 2019/130 del Parlamento Europeo y del Consejo, que modifica la Directiva, de 29 de abril de 2004, relativa a la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes carcinógenos o múgatenos durante el trabajo.
Según la Agencia Europea para la Seguridad y Salud en el Trabajo (EU-OSHA), en Europa se diagnostican cada año 3,2 millones de nuevos casos de cáncer y aproximadamente la mitad de ellos corresponden a personas en edad de trabajar. En España, según estimaciones de la OIT, fallecen anualmente cerca de 8.700 hombres y 850 mujeres debido a cánceres laborales.
Ante estas cifras, desde UGT instamos al Gobierno a que efectúe esta trasposición de forma inmediata, teniendo en cuenta las aportaciones que desde el sindicato realizamos a la consulta pública lanzada por el anterior Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social a principios de 2020.
Esperamos que el Gobierno legisle urgentemente, y no espere a que venza el plazo, tal y como sucedió en el caso de la trasposición de la primera modificación, que se realizó con un año de retraso, con el consiguiente perjuicio para la seguridad y salud de muchos trabajadores y trabajadoras que, día a día, están expuestos a estas sustancias cancerígenas.
Entre nuestras propuestas para la futura trasposición de la Directiva 2019/130 del Parlamento Europeo y del Consejo, podemos mencionar la inclusión en el Anexo I del RD 665/1997 de 12 de mayo de los fármacos peligrosos, dada la inexistencia de valores límites de exposición. La eliminación y sustitución de los fármacos peligrosos a día de hoy es imposible, ya que son esenciales para el tratamiento contra el cáncer y otras enfermedades. Por lo tanto, resulta fundamental su inclusión en el RD 665/1997 para conseguir que los profesionales sanitarios tengan una protección adecuada a través de la mejora de los sistemas de trabajo, tecnología, normativa, etc.
La trasposición urge, dado que implica la inclusión, entre los agentes cancerígenos o mutágenos, de los humos de motores diésel, mezclas de hidrocarburos aromáticos policíclicos y aceites minerales utilizados en motores de combustión. Para el establecimiento del valor límite de las emisiones de motores diésel, proponemos que se tenga en consideración la opinión del grupo de trabajo de Valores Límite de la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo.
En lo relativo a las nuevas sustancias que incluye la Directiva 2019/130 y que modifican el Anexo III de la Directiva 2004/37/CE indicar que; sobre 4-4´Metilendinilina, epiclorohidrina, dibromuro de etileno, dicloruro de etileno mostramos nuestra conformidad tanto con la inclusión de las sustancias, como con la adopción de los valores límite establecidos en la Directiva, ya que los mismos mantienen o mejoran los incluidos en el documento vigente “Límites de Exposición Profesional” en España. Desde UGT consideramos fundamental que se apruebe el documento de Valores límite 2021, que sirve de referencia para los prevencionistas de este país.