El sindicato considera esencial extender la cobertura de las cláusulas de revisión salarial vinculadas a la inflación en el VI Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva (AENC)
El IPC adelantado del mes de octubre, publicado hoy por el INE, se sitúa en el 3,1%, una décima más que en septiembre y la más elevada desde junio de 2024. Así, la inflación ha repuntado 1,1 puntos en los últimos cinco meses, situándose más de un punto por encima del umbral recomendado por el Banco Central Europeo (2%). Por su parte, la tasa subyacente, que elimina los alimentos frescos y los productos energéticos, se sitúa en el 2,5%, también una décima más que el mes anterior.
Durante este mes cabe destacar negativamente el comportamiento del precio de la electricidad, que se encarece más que hace un año, y del transporte aéreo y por ferrocarril, mientras que baja el de las gasolinas. Estos sectores altamente concentrados, formados por grandes empresas con elevado poder de mercado, siguen determinando la evolución de la inflación en nuestro país. En este sentido, el Banco de España ha señalado que las tensiones inflacionistas en España se deben al comportamiento de los beneficios empresariales, es decir, al comportamiento oportunista de las empresas, que están expandiendo de manera continua los (que se mantienen de forma sostenida en un nivel superior al 10% hasta el segundo trimestre de 2025).
En cuanto a su impacto sobre los salarios, teniendo en cuenta el incremento salarial negociado en convenio ha sido del 3,5% en media hasta el mes de septiembre, implica una pequeña recuperación del salario real de las personas trabajadoras; sin embargo, esa pequeña recuperación real de salario no es igual para todas:
- Los asalariados con convenios colectivos de empresa no consiguen mantener el valor real de su salario, una vez que el incremento salarial negociado hasta septiembre de 2025 ha sido del 2,84%, inferior a la inflación, lo que afecta a alrededor de 484.000 personas trabajadoras;
- Por otro lado, las personas trabajadoras de convenios de ámbito superior, alrededor de 8,7 millones, han logrado negociar un incremento salarial ligeramente superior a la inflación, del 3,54%.
En los convenios firmados en 2025, además, sólo los convenios de ámbito superior consiguen mantener incrementos salariales reales (4,27% de incremento salarial nominal para convenios de ámbito superior), mientras los de empresa sufren pérdidas reales (el 2,97% de incremento salarial nominal para convenios de empresa). Todo ello pone de manifiesto la importancia de los convenios colectivos estatales o provinciales frente a los de empresa, en donde las personas trabajadoras no disponen de la cobertura que les proporcionan los sindicatos.
Además, no hay que obviar que las subidas salariales están siendo neutralizadas por los excesivos y continuados incrementos en el precio de la vivienda, con indiferencia de su modalidad. Esto está produciendo un recorte en las condiciones materiales de buena parte de la clase trabajadora. En consecuencia, desde el sindicato reclamamos la aplicación de la legislación que limita los precios máximos en zonas tensionadas, al igual que reclamamos la puesta en marcha con celeridad de un ambicioso plan de ampliación del parque público de viviendas a precios asequibles. De lo contrario, corremos el riesgo de que cualquier mejora salarial vaya a parar a los bolsillos de quienes especulan con un bien básico y fundamental.
En definitiva, UGT exige que el periodo de expansión económica actual se traduzca en subidas sustanciales de los salarios, que deben recuperar y ampliar su poder adquisitivo. Asimismo, resulta esencial extender la cobertura de las cláusulas de revisión salarial vinculadas a la inflación, ya que actualmente solo protegen a un 34,8% de las personas trabajadoras (un poco más de 3,2 millones de un total de 9,2 millones cubiertos por convenios colectivos), un mecanismo que debe impulsarse aún más en el VI Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva (AENC).
El sindicato también reclama una revisión profunda de las cláusulas de compensación y absorción, de modo que ninguna persona vea reducida su capacidad de compra como consecuencia de su aplicación. Esto debe incorporarse en la redacción del próximo Real Decreto del SMI, garantizando que su actualización beneficie de manera real y efectiva a toda la clase trabajadora.
En conclusión, la inflación en España se resiste a bajar a los objetivos del Banco Central Europeo. Además, la inflación subyacente mantiene su tendencia al alza, lo que es perjudicial para la renta de las personas trabajadoras. Las expectativas inflacionistas derivadas de las tensiones geopolíticas y la errática política comercial del Gobierno de los Estados Unidos, sumado al comportamiento oportunista de las grandes empresas del sector de combustibles y electricidad explican la rigidez inflacionista. UGT exige que el gobierno actúe de forma más contundente en defensa de la competencia y tasando estos beneficios extraordinarios.
Por ello, teniendo en cuenta la evolución de los salarios y la inflación, es importante considerar:
- Centralidad de los salarios en el crecimiento económico: la negociación colectiva y el próximo AENC deben reconocer el papel estructural de los salarios como motor económico, no solo como instrumento de justicia social.
- Revisión de los mecanismos salariales ante la inflación acumulada: es imprescindible incorporar cláusulas de revisión salarial automática vinculadas a la inflación, así como considerar otros indicadores estructurales, como el precio de la vivienda y los márgenes empresariales.
- Compatibilidad entre mejora salarial y beneficios empresariales: los datos muestran que el incremento salarial no ha impedido el crecimiento de los beneficios empresariales ni de la inversión privada. Esto desmonta el argumento de que los aumentos salariales comprometen la competitividad y abre espacio para una redistribución más equitativa de las rentas generadas.
- Responsabilidad del próximo AENC en la configuración de un modelo económico más eficiente y sostenible: el próximo AENC debe constituirse como un instrumento fundamental de política económica concertada, puesto que sus criterios influirán directamente en el crecimiento económico, el empleo y la cohesión social.


