La Federación entiende que la revisión salarial del 10,3% pactada debe aplicarse sobre la Masa Salarial Bruta, sin excluir a personas trabajadoras por razón de haber sido contratadas en los años 2021, 2022 o 2023 y percibir un salario superior al mínimo reconocido en convenio colectivo

La Federación de Industria, Construcción y Agro de UGT rechaza la interpretación del artículo 38 del XX Convenio General de la Construcción, referido a la aplicación de la cláusula de garantía salarial, llevada a cabo por la patronal FEIQUE. UGT FICA manifesta enérgicamente su total oposición a la postura de la patronal sobre el artículo 38 basándonos en una interpretación literal del artículo, debido a que este no realiza en ningún momento distinción alguna entre personas trabajadoras respecto a la aplicación de la cláusula de garantía salarial.

La revisión salarial del 10,3% pactada debe aplicarse sobre la Masa Salarial Bruta, sin excluir a personas trabajadoras por razón de haber sido contratadas en los años 2021, 2022 o 2023 y percibir un salario superior al mínimo reconocido en convenio colectivo. Asimismo, en ningún caso podrá operar compensación o absorción de la revisión salarial.

A este respecto, el secretario del Sector Químico, Textil y Artes Gráficas de UGT FICA, Julián González, ha señalado que, de acuerdo con lo establecido en el convenio, no se puede interpretar el artículo 38 tal y como ha anunciado la patronal, ya que el texto del convenio es “meridianamente claro al respecto y no da lugar a dudas interpretativas sesgadas como pretende FEIQUE”.

Desde UGT FICA vamos a poner todo nuestro empeño en defender el respeto hacia el convenio colectivo y la aplicación de lo pactado, llegando hasta las últimas consecuencias si fuera necesario.