UGT FICA valora el principio de acuerdo pactado que, tras más de dos años y medio de negociación, incorpora importantes mejoras en las condiciones laborales de los y las trabajadoras del sector

La Federación de Industria, Construcción y Agro de UGT (UGT FICA) y la Confederación Española de Fabricantes de Alimentos Compuestos para Animales (CESFAC) han alcanzado, tras más de dos años y medio de negociación, un principio de acuerdo sobre el Convenio Colectivo de Fabricación de Alimentos Compuestas para Animales, que venció en diciembre de 2018. El convenio con vigencia para el periodo 2019 a 2025, es de aplicación para todo el personal que presta sus servicios en las empresas de la industria de alimentos compuestos para animales, incluidos a los y las trabajadoras de empresas de servicios, multiservicios y de las cooperativas de trabajo asociado.

Entre los puntos pactados en el convenio destacan:

  • Se mantiene el domingo como día de descanso. Solo será laborable si la empresa acredita ante la Representación de las/os trabajadoras/es que concurren circunstancias excepcionales, imprevistas y/o productivas. Teniendo que avisar con una antelación mínima de 3 días naturales y, siempre en una jornada semanal de 5 días, respetando siempre los dos días continuado de descanso semanal.
  • La persona que trabaje un domingo, además de de disfrutar de su día compensatorio de descanso y salario correspondiente a ese día de trabajo, cobrará por tal motivo un bonus extraordinario de 150€ por día que podrá ser superior por acuerdo de las partes ya sea éste alcanzado con anterioridad o posterioridad a la publicación del convenio.
  • Disfrute de los permisos desde el primer día laborable y de forma discontinua.
  • Creación de un plus guardia de mantenimiento de 100€ semana, más la retribución en caso de avería como horas extraordinarias de fuerza mayor, tanto el tiempo de desplazamiento (ida/vuelta) al centro, como el tiempo de permanencia en el centro de trabajo.
  • El incremento del Plus de Penosidad hasta el 30% sobre el salario del convenio;
  • La compensación sobre el salario base por la supresión del complemento personal de antigüedad, alcanza el 2,8% durante los años 2021, 2022, 2023, 2024 y 2025. Este incremento es adicional al incremento salarial pactado.
  • La consolidación del importe percibido por antigüedad como plus adperson no absorbible ni compensable, y con la revalorización cada año del incremento salarial pactado en convenio.
  • El incremento salarial pactado es del 1,50% para 2019; del 0,50% para 2020; del 0,50% para 2021; del 1,50% para 2022; del 1,50% para 2023; del 1,75% para 2024, y del 1,75% para el 2025. Incremento al que se le sumara el 2,80 en el periodo 2021/2025. Sin tener en cuenta la desviación del IPC de cada año de vigencia del convenio, supone un 23% de incremento salarial.
  • Cláusula de Revisión Salarial que garantiza la ganancia de poder adquisitivo al revisarse los salarios cada año de vigencia si el IPC de cada uno de ellos es superior al incremento pactado sin tener en cuenta el incremento adicional del 2,80%
  • Creación de una nueva categoría: Palista, maquinista, operario de carro mezclador y etc., en fábricas de pre/mezcla animal, cuya retribución será igual a la de encargados de producción.
  • Se mejora las visitas médicas incluyendo médico o especialista.
  • Se han pactan contenidos mínimos de Planes de Igualdad. La obligación para empresas de menos de 50 personas trabajadoras de disponer dichos Planes de Igualdad y, se incorporarán medidas que favorezcan la integración laboral y adaptación a su situación personal de las personas migrantes (idioma, lejanía del domicilio); garantizando el trato igualitario a personas LGTBI y medidas que favorezcan la integración con personas con diferentes capacidades.