El nuevo convenio, con vigencia para tres años, constituye “un paso adelante que nos aleja un poco más de la sombra de la precariedad”, en palabras de nuestro secretario general, Pedro Hojas
El secretario general de UGT FICA, Pedro Hojas, ha firmado hoy el Convenio Colectivo Estatal de las Industrias Cárnicas, que regula las condiciones laborales de los más de 100.000 trabajadores y trabajadoras del sector. Con la firma del convenio se da “un importante paso adelante y alejamos un poco más la sombra de la precariedad que ha venido sobrevolando sobre las condiciones laborales de estas y estos trabajadores durante mucho tiempo”, en palabras de Pedro Hojas.
Para UGT FICA este convenio es muy importante pues afecta a un sector clave con muchísimo potencial de crecimiento. “El factor trabajo en la Industria Cárnica ha contribuido a colocarla en altos índices de excelencia y ubicarla como el primer sector alimentario español, contribuyendo a incrementar los beneficios de las más de 3.000 empresas que operan en él”, ha insistido. Además, el esfuerzo de este colectivo laboral “ha colaborado a ubicar esta industria entre las cuatro más potentes del mundo en su ámbito”.
Ha señalado que el nuevo convenio “viene a dignificar más las relaciones laborales en el sector”, materializando el carácter “esencial” del trabajo que desarrollan estas personas, tal y como se verbalizó a raíz de la pandemia.
Desde UGT FICA valoramos positivamente los contenidos del acuerdo, porque en él “tienen cabida muchas de nuestras reivindicaciones, sobre todo en lo relativo a las cuestiones salariales, que actualmente son nuestro gran caballo de batalla para conseguir que esta fase de crecimiento sea inclusiva”.
Se trata, en definitiva, de un paso adelante en el camino de moderar los estragos de la inflación galopante y contar con una cláusula de revisión salarial.
Finalmente, el secretario general de UGT FICA ha expresado su confianzan en que el consenso alcanzado para el sector de la Industria Cárnica “sirva de ejemplo para el resto de los sectores que conforman nuestra economía”.
Principales puntos del nuevo convenio
Entre las principales puntos del convenio destacan:
- Ámbito Temporal: 3 años (del 01.01.2021 hasta 31.12.2023).
- Incrementos Salariales: Año 2021: 3% con pago de atrasos desde el 1 de enero. Año 2022: 2,75%. Año 2023: 2,5 %.
- Cláusula de actualización salarial: Si la suma de los IPCs acumulados de los años 2021, 2022 fuese superior al incremento salarial pactado en el perdido de referencia el exceso formaría parte de la base cálculo de los salarios de 2023. Si el IPC definitivo de 2023 fuese superior al incremento pactado de ese año, el exceso formaría parte del salario a cobrar a partir del 1 de enero de 2024.
- Ámbito funcional: Se incluye el loncheado y/o envasado como actividades a las que aplicar el convenio colectivo.
- Contratos Formativos: Se incrementan las retribuciones de los contratos en prácticas hasta el 80% y el 90% durante el primer o segundo año de vigencia del contrato y el de formación hasta el 70%, 80%, 90% durante el primero, segundo o tercer año, respectivamente.
- Ordenación del tiempo de trabajo: Se establece que la jornada ordinaria diaria será de 8 horas de trabajo efectivo, lo que supondrá que en aplicación de la distribución irregular de la jornada (bolsa), no se pueda trabajar más de 10 horas y no 11 horas como anteriormente.
- Se establece la bolsa de flexibilidad en 145 horas anuales pero su utilización deberá de ser en horas completas.
- Establecimiento de un permiso retribuido para asistir al médico especialista o acompañar al médico a familiares dependientes de 10 horas anuales.
- Artículo 58 (Nocturnidad): Solo quedan exceptuados del pago del Plus Nocturnidad las personas de guardería y vigilancia, así como aquellos trabajos que sean nocturnos por su propia naturaleza.
- Ritmos de producción: La modificación de un sistema de retribución a rendimiento mediante incentivos solo se podrá realizar previa negociación con los representantes de los trabajadores. De la posibilidad de revisión de valores en caso de que el 75% de la plantilla supere la actividad óptima durante un mes, se fija que sea solo si se supera el 80%.
- Jornada laboral: A partir del año 2022, la jornada anual será de 1.760 horas año. Es decir, 10 horas menos.
- El convenio colectivo con independencia de la fecha de su publicación en el BOE, se aplicará con fecha 1 de enero de 2022.
- Anexo 18. Mejoras de las prestaciones de Seguridad Social. Complemento de la IT por enfermedades profesionales hasta 100×100 de la base reguladora.
- Se acuerda introducir mejoras y nuevos en derechos en materias como Igualdad, Crear la figura del Delegado/a de Medio Ambiente,
- Trabajo a Distancia y Teletrabajo, Registro de jornada y Desconexión Digital.