UGT FICA valora el principio de acuerdo pactado, que afecta a cerca de 3.000 trabajadores y trabajadoras, tendrá vigencia para cuatro años

  • Todos los conceptos salariales se incrementan: para 2021 un 1,65%; para el año 2022, se ha pactado el IPC real + 0,35%; para el 2023, IPC real + 0,35% y para el año 2024, el IPC real + 0,4%. Los trabajos nocturnos se incrementan como mínimo en un 35% sobre el salario base.
  • Durante la vigencia de este Convenio, la jornada laboral anual se reducirá 9 horas hasta situarse en 1772 horas en 2024.
  • Se ha acordado controlar que las mujeres trabajadoras se equiparen a los hombres en todos los aspectos salariales, de manera que a igual trabajo o trabajo de igual valor, las mujeres siempre tengan igual retribución.
  • Se limita el período máximo dentro del cual se podrán realizar contratos eventuales por circunstancias de la producción será de doce meses en un periodo de dieciocho.
  • La retribución de los contratos en prácticas y para la formación y el aprendizaje suscritos tendrán una retribución del 85 % el primer año y del 90% a partir del segundo año respecto de la categoría que fuera objeto de contratación, siendo su periodo de prueba máximo de dos meses.
  • Se incorpora nueva redacción del contrato fijo-discontinuo que tendremos que analizar con mayor detenimiento antes de firmar el acuerdo final.
  • Además de otras formas de promoción profesional, el personal administrativo de nivel V a partir del 01-01-2022 con tres años de antigüedad pasarán automáticamente al nivel III. De la misma manera, a partir del 01-01-2022 las personas trabajadoras de edad superior a dieciocho años con nivel VIII del grupo de producción, cuando permanezcan 18 meses de antigüedad en la empresa, pasarán automáticamente al nivel VII.
  • La persona trabajadora dispondrá de hasta un máximo de 18 horas anuales para asistencia al médico de cabecera o médico especialista. También para el acompañamiento a personas dependientes a su cargo un día laboral al año retribuido.
  • Se incorporan nuevos derechos como permiso no retribuido la realización de los trámites necesarios para la reasignación de sexo y para la asistencia a consulta médica para recibir los tratamientos de reasignación de sexo.
  • La Póliza de seguros tendrá en 2021 un incremento porcentual respecto al año anterior del 20%. Los posteriores años se incrementarán en el mismo porcentaje que los incrementos salariales del convenio colectivo.
  • Se incluye redacción del derecho a la desconexión digital y del teletrabajo. Para compensar a la persona trabajadora por los gastos incurridos por el teletrabajo, se establece un plus de teletrabajo cuya cuantía será la misma que la establecida para el plus de transporte. No será posible el cobro de ambos pluses de manera simultánea.
  • Se ha pactado la redacción final del Convenio Colectivo incorporando el lenguaje inclusivo.