Una delegación de la Federación se ha reunido esta tarde con el Ministro de Industria, Jordi Hereu, a quien ha trasladado las principales reivindicaciones en materia industrial

Gobierno que el contrato de relevo vinculado a la jubilación parcial, cuya vigencia finaliza este 31 de diciembre, recupere su carácter indefinido y deje de ser prorrogado años tras año. Se trata de una importante reivindicación de UGT FICA que viene avalada por haber demostrado ser un instrumento eficaz para la industria, en la medida en que ha ayudado a solventar problemas acuciantes del mercado laboral español como el envejecimiento de las plantillas, y las dificultades de los jóvenes para acceder a empleos en condiciones dignas y de calidad.

Esta ha sido una de las primeras medidas de urgencia reclamadas por la Federación en la reunión mantenida esta tarde por una delegación de UGT FICA encabezada por su secretario general, Mariano Hoya, con el ministro de Industria, Jordi Hereu, a quien, además, ha trasladado las principales reivindicaciones de la Federación en materia industrial.

Por parte de UGT FICA han participado también en la reunión el secretario de Acción sindical, José Antonio Pasadas, y el secretario de Política Industria, Juan Antonio Vázquez.
La fórmula del contrato de relevo constituye una de las 23 propuestas que desde UGT FICA venimos reclamando para la industria automovilística desde hace años y a las que el gobierno ha venido mostrándose receptivo y prorrogando año tras año. Sin embargo, UGT FICA considera imprescindible que, dada la eficacia demostrada por el contrato de relevo durante todos los años de vigencia, la prórroga que se acometa ahora debe volver a tener carácter indefinido y no anual, de forma que contribuya a afrontar con mayor efectividad no solo la transición del sector hacia el nuevo concepto de movilidad en los próximos años, sino también a abordar la compleja situación coyuntural que vive la industria automovilística, consolidando el empleo en los centros de trabajo y potenciando la contratación digna y estable.

UGT FICA vuelve a demostrar su empeño en la implantación definitiva de este medida contractual, primero fue reivindicando y consiguiendo su creación, y luego, año tras año logrando su prolongación en el tiempo. Ahora consideramos que ha llegado el momento de que esta medida contractual recupere su carácter indefinido por entender que se trata de una herramienta fundamental para la industria del automóvil, que ha servido y debe servir para potenciar tanto el intercambio de formación entre los y las trabajadoras más veteranas y los y las nuevas trabajadoras, como potenciar la contratación estable, el mantenimiento del empleo y unas salidas dignas para las y los trabajadores de mayor edad, facilitando el relevo generación.

Hay que recordar que algunas de las 23 medidas propuestas por UGT FICA ya han sido acordadas, otras estaban en vías de negociación con el Gobierno anterior, y el resto esperamos que puedan ser abordadas a la mayor brevedad en esta legislatura que comienza.

Las principales condiciones del contrato de relevo actual se resumen en:

  • Afectación industria manufacturera.
  • El trabajador o trabajadora que solicite la jubilación parcial debe realizar tareas que requieran esfuerzo físico o alto grado de atención.
  • El trabajador o trabajadora que solicite la jubilación parcial debe estar contratado a tiempo completo.
  • La jubilación parcial será a partir de los 61 años, 60 años para los mutualistas.
  • El trabajador o trabajadora que solicite la jubilación parcial debe tener 33 años cotizados como mínimo. En caso de discapacidad de más del 33% precisara de 25 años cotizados como mínimo.
  • El trabajador o trabajadora relevada podrá acumular todas las jornadas el primer año.
  • El trabajador o trabajadora que solicite la jubilación parcial deberá tener 6 años de antigüedad en la empresa como mínimo.
  • La empresa debe tener más del 70% de la plantilla fijos.
  • La reducción de jornada del relevado debe ser como mínimo un 25% y un máximo del 67%. Si el relevista es contratado de forma indefinida a tiempo completo la reducción podrá ser hasta del 80%.

Las bases de cotización del relevista no pueden ser inferiores al 65% del promedio de las bases del relevado.